Se trata de una iniciativa que responde a un mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), cuyos magistrados declararon inconstitucional el artículo 132 de la mencionada Ley, en el que se prohíbe acceder a la pensión si el asegurado muere 6 meses antes del matrimonio, si se contraen nupcias con el asegurado después de haber cumplido este los 55 años “a menos que a la fecha de la muerte haya transcurrido un año desde la celebración del enlace, y cuando al contraer matrimonio el asegurado ya reciba una pensión de invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada.
En la justificación del proyecto, que este miércoles fue turnado a la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados, se advierte que los supuestos anteriores contravienen la constitución, debido a que se condiciona el otorgamiento de la pensión a una causa ajena a la o el trabajador como lo es la muerte.
“La o el trabajador ya generó el derecho a favor de su beneficiario o beneficiaria, puesto que realizó sus aportaciones por un determinado número de años”, advierte la iniciativa de la diputada priista Marcela Guerra.
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https://elheraldoslp.com.mx/new/a-partir-de-2022-concubinas-podran-cobrar-pension-por-viudez/
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