La fabricante de semillas genéticamente modificadas Monsanto podrá utilizar glifosato y mantener los permisos para su importación, luego de obtener un amparo contra el decreto presidencial publicado en diciembre de 2020 que prohíbe el maíz transgénico y elimina progresivamente el uso del glifosato en México a más tardar en 2024.
El juzgado sexto de distrito en materia administrativa en Ciudad de México declaró inconstitucional el decreto, luego de que Monsanto impugnó las acciones que ordenan realizar a las dependencias federales sustituir gradualmente el uso, adquisición, distribución, promoción e importación del uso del herbicida en México. El amparo únicamente protege a dicha empresa.
“La justicia de la unión ampara y protege a Monsanto respecto de los actos y para los efectos precisados en el considerando último de esta sentencia”, señala el fallo de juez Francisco Javier Rebolledo. No obstante, el gobierno federal puede impugnar. La sentencia indica que el decreto carece de fundamentación y motivación legal, además de que no explica las afectaciones a la salud por el uso del glifosato y maíz transgénico.
En su resolución, el impartidor de justicia argumentó que el decreto reclamado no precisa ni identifica cuáles investigaciones se han realizado, omitiendo fechas y científicos o instituciones; de igual manera que no se citaron los países donde se sostenía tal criterio. Mucho menos, agregó, se indica cuáles instituciones mexicanas realizaron los estudios pertinentes para llegar a la conclusión que el glifosato es una sustancia que puede causar daños graves a la salud de las personas.
“Es claro que el decreto reclamado no funda ni motiva las decisiones adoptadas en él, pues no se exponen las circunstancias particulares basadas en evidencia científica, ni razonamiento específico para concluir que el uso del glifosato es nocivo para la salud humana y de animales y que el maíz genéticamente modificado afecta la seguridad y a la soberanía alimentarias”.
Nota Tomada de:
https://www.jornada.com.mx/2022/07/15/politica/006n1pol
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