A esos recursos abandonados, conocidos como “mostrencos”, la ley vigente ya les da un uso, si no son reclamados en seis años, y el procedimiento consiste en que, si en tres años nadie los requiere se concentran en cuentas globales y al término de otros tres años, si no rebasan 51 mil pesos, se dedican a la beneficencia pública.
La reforma, que fue enviada al Senado para su análisis y votación, propone que a los tres años sin movimientos ni reclamación, se concentren en cuentas globales y si aún no son reclamados puedan tener dos tipos de usos: para la beneficencia y para fortalecer con capacitación y equipamiento a policías federales, estatales y municipales.
Si los montos son menores a 51,958.8 pesos, monto equivalente a 540 Unidades de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor en este año 2022 es de 96.22 pesos, se destinarán a la beneficencia pública.
Las cifras superiores a esa suma se dedicarán a la seguridad pública. Los porcentajes de distribución previstos en los artículos transitorios de la reforma son 50% para la Federación, un 30% para las Entidades Federativas y un 20% para los municipios del país y alcaldías de la Ciudad de México.
El líder de los diputados de Morena, Ignacio Mier Velasco, así como la diputada Juanita Guerra, presidenta de la Comisión de Seguridad de la Cámara, fueron proponentes de la iniciativa, que había sido turnada a Comisiones Unidas de Hacienda y de Seguridad, pero se le dispensaron todos los trámites para su inmediata discusión y votación en el pleno.
Mier aseguró que al menos hay 10 mil millones de pesos que podrían ser susceptibles de destinarse a seguridad, y sostuvo que deberá invertirse a infraestructura policial, uniformes, botas, chalecos, aunque eso no se especificó en la reforma.
“Tenemos conocimiento, hasta un corte hace cinco meses, que había poco más de 75 mil millones de pesos; tendrá que hacerse una revisión también sobre cuál es el estatus jurídico y la cantidad precisa. En este momento no la conocemos porque la Secretaría de Finanzas, la Asociación Mexicana de Bancos y la Comisión Nacional Bancaria tendrán que determinar el monto que está”, dijo en entrevista.
En la exposición de motivos de la iniciativa se precisa, en tanto que “no se está proponiendo disponer de los recursos de usuarios de servicios financieros con posibilidades de ser reclamados, sino de aquellos recursos cuyo derecho a ser reclamados han prescrito, es decir, que habiendo transcurrido los seis años que marca la ley, no fueron ni podrán ser reclamados por lo que no se afectan las garantías constitucionales”.
Nota Tomada de
Siguenos en Redes